Como tributan los Fondos de Inversión en la declaración de la renta
Los fondos de inversión son un producto financiero complejo cuyo valor oscila a diario, hecho que puede ocasionar tanto beneficios como pérdidas a sus inversores (a excepción, todo sea dicho, de los fondos de inversión garantizados).
Los fondos de inversión gozan de una gran ventaja fiscal: no tributan o no generan beneficio o pérdida fiscal hasta que no se venden. Esto es importante por la naturaleza de este tipo de producto financiero, ya que permite su compra mediante la adquisición de participaciones en el fondo (no acciones), la venta o reembolso de estas participaciones y una tercera opción, el traspaso a otro fondo de inversión, que nos permite traspasar nuestro saldo de un fondo a otro sin tener que realizar una compraventa. Esto no sucede así ni con acciones, derivados financieros como los CFD’s ni con los bonos, obligación o Letras del tesoro, en que esta tercera opción de traspaso no existe, y debe realizarse la venta o liquidación de nuestra posición para adquirir las nuevas acciones, bonos, obligaciones o el activo que queramos adquirir.
Por tanto, solo tributaremos por los beneficios o pérdidas generadas por nuestro fondo de inversión en el momento del reembolso o liquidación de nuestra posición, es decir, cuando vendamos las participaciones y obtengamos y materialicemos el beneficio o pérdida. Si, por el contrario, trasladamos nuestro saldo de un fondo a otro, es decir, llevamos a cabo un traspaso entre fondos (y no vendemos participaciones), hacienda no nos hará tributar por el incremento de patrimonio en renta, como tampoco tendrá en cuenta en la declaración de ese año las pérdidas latentes. Si por el contrario vendemos nuestras participaciones, recibimos el dinero, y posteriormente suscribimos participaciones de otro fondo, en este caso, si deberemos tributar por los beneficios o pérdidas generadas.
El beneficio del traspaso entre fondo es aprovechar el interés compuesto y los beneficios a la hora de generar mayores retornos en el largo plazo.
Una vez aclarado este punto debemos especificar que, los rendimientos obtenidos por la venta de fondos de inversión tributan en la base del ahorro, a un tipo impositivo progresivo, que es el que sigue:
- Hasta 6.000€ se tributa al 19%
- De 6.000€ a 50.000€ al 21%
- Más de 50.000€ se tributa al 23%
Por otro lado, para calcular el beneficio o pérdida no sólo debe tenerse en cuenta la diferencia entre el precio de suscripción por el precio de venta, sino que deben restarse los gastos asociados como las comisiones de reembolso o suscripción.
Las plusvalías están sujetas a una retención del 19%, por lo que el pago a realizar en la declaración de la renta sólo puede incrementarse en un 4% adicional, dada la tabla del impuesto que se acaba de mostrar.
La complejidad de este tipo de productos financieros hace que sea altamente recomendable consultar con un asesor fiscal antes de presentar la declaración de la renta o confirmar el borrador, especialmente si durante el ejercicio fiscal en cuestión se ha procedido al reembolso total o parcial de nuestra inversión en fondos de inversión.
Puedes contactar con nuestros asesores desde nuestra página usando el formulario de contacto o llamando al teléfono que encontrarás en la misma.